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Concesión de la nacionalidad

A continuación, le detallamos el procedimiento para la concesión de la nacionalidad belga para su hijo/a antes de que haya cumplido los 5 años de edad en el marco del artículo 8 §1, 2b del Código de la Nacionalidad belga. La fecha de la concesión de nacionalidad es la fecha de la firma de la declaración de nacionalidad con un funcionario consular belga. 

IMPORTANTE: El siguiente procedimiento se aplica en caso de que el padre belga y el hijo/a en cuestión hayan nacido fuera de Bélgica. En caso contrario (si uno de los dos ha nacido en Bélgica), sírvase consultar la sección "Belga de nacimiento".

 

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA SOLICITUD

  • El formulario de inscripción (en francés neerlandés), completado a nombre de su hijo/a y firmado por ambos padres;
  • El formulario de inscripción para un familiar extranjero de un belga (en francés neerlandés) que debe completar y firmar el padre que no tiene la nacionalidad belga;
  • Una copia certificada del acta de nacimiento del padre que no tiene la nacionalidad belga, original y actual (de no más de 6 meses de antigüedad al momento de presentar la documentación). Este acta debe ser legalizado/apostillado**;
  • Un certificado de domicilio reciente a nombre del padre belga emitido por una autoridad local (Argentina/Uruguay/Paraguay); 
  • Un certificado de domicilio reciente a nombre del padre que no tiene la nacionalidad belga emitido por una autoridad local (Argentina/Uruguay/Paraguay); 
  • Un certificado de domicilio reciente a nombre del hijo/a emitido por una autoridad local (Argentina/Uruguay/Paraguay); 
  • Una copia del DNI/cédula de identidad del padre belga;
  • Una copia del DNI/cédula de identidad del padre que no tiene la nacionalidad belga;
  • Una copia del DNI/cédula de identidad del hijo/a;
  • En caso de que el padre que no tiene la nacionalidad belga tenga otra nacionalidad de la Unión Europea, una copia del pasaporte o de la cédula de identidad de dicha nacionalidad;
  • Una copia certificada del acta de nacimiento de su hijo/a, original y actual (de no más de 6 meses de antigüedad al momento de presentar la documentación), con una traducción original efectuada por un traductor público* en uno de los idiomas oficiales de Bélgica (francés/neerlandés/alemán) legalizada por el Colegio de Traductores*. Tanto el acta como la traducción deben ser legalizados/apostillados**;
  • Si los padres están casados y no registraron su acta de matrimonio ante la Embajada de Bélgica en Argentina, una copia certificada del acta de matrimonio, original y actual (de no más de 6 meses de antigüedad al momento de presentar la documentación). Este acta debe ser legalizado/apostillado**;

Si los padres no estaban casados el día del nacimiento de su hijo/a o casados desde hace menos de un año, un acta ante un escribano con dos testigos, estipulando el estado civil de ambos padres al momento del nacimiento de su hijo/a hasta el día de hoy. Este acta debe ser legalizado/apostillado* (en caso de tener que presentar dicho documento, gracias por escribir un mail a la Embajada para verificar el contenido del acta antes de la firma ante escribano).

Si es que nunca contrajeron un matrimonio o registraron una unión convivencial, es importante que declaren que están solteros y que nunca contrajeron ningún matrimonio o registraron ninguna unión convivencial.

Si no fuera así, especificar las fechas de principio y de fin (eventual) del matrimonio y/o de la unión convivencial, así como también los apellido(s), nombre(s) y nacionalidad(es) de la(s) persona(s)  involucrada(s). En ese caso, adjuntar una copia certificada reciente (de no más de 6 meses) y apostillada del acta de matrimonio y/o de la unión convivencial con, si corresponde, la mención marginal de su disolución y con una copia de un documento de identidad del (ex-)cónyuge y/o (ex-)conviviente. En caso de viudez o de defunción del conviviente, presentarnos una copia certificada reciente (de no más de 6 meses) y apostillada del acta de defunción del/de la interesado/a. No es necesario presentar una copia certificada si esta ya se ha presentado en el Consulado en el pasado y si su situación no ha cambiado.

El acta debe estipular la siguiente frase para cada uno de los padres : “Declaro por mi honor que, al día del nacimiento de mi hijo/mi hija, estaba soltero/a, sin haber estado casado/a nunca ni haber registrado ningún tipo de unión registrada conforme a una ley con la madre/el padre de mi hijo/a u cualquier otra persona, y que este estado civil queda incambiado hasta el día de hoy”. La parte en negrita se puede modificar, en caso de no ser correcta. Cada padre debe manifestar su estado civil por separado (puede ser en un mismo acta, pero cada declaración en un punto separado en el acta ante escribano).

En ciertos casos específicos, se pedirán documentos adicionales después de recibir su solicitud.

*Para la traducción de documentos y legalización de los mismos, por favor refiérase al sitio oficial de traductores públicos:

** Las actas extranjeras deben ser legalizadas o apostilladas según el país de origen del acta. Para conocer las reglas de aplicación para un país determinado, sírvase utilizar el siguiente motor de búsqueda.

    Las actas y otros documentos públicos argentinos, paraguayos y uruguayos deben ser apostillados. Para el procedimiento a seguir, por favor refiérase al sitio oficial de las autoridades locales competentes :

 

¿CÓMO Y DONDE PRESENTAR SU SOLICITUD?

La solicitud completa puede entregada personalmente en nuestro Consulado (solicitar previamente una cita por email a BuenosAires@diplobel.fed.be) o ser enviada por correo a la siguiente dirección:

Embajada de Bélgica - Servicio de Ciudadanía
Olga Cossettini 831, piso 3
C1107BVA Buenos Aires
Argentina

Sírvase informar, al momento de entregar los documentos, en qué idioma quiere firmar usted el acta de concesión de nacionalidad de su hijo/hija. Puede elegir entre el francés, el neerlandés o el alemán.

 

DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO

Una vez que recibamos toda la documentación, le mandáramos por mail una declaración de honor que el padre belga tendrá que firmar.

Tras el análisis de los documentos y la recepción de la aprobación formal por parte de nuestro servicio competente del Servicio Público Federal de Asuntos Exteriores en Bruselas, nos pondremos en contacto con usted por teléfono para concertar un turno para firmar el acta en nuestras oficinas de Buenos Aires.

Somos muy flexibles en cuanto a la fecha y hora del turno, pero es indispensable que el turno que pida para firmar la declaración de concesión de nacionalidad sea antes de que su hijo cumpla 5 años. Pasada esa fecha, no podrá obtener la nacionalidad belga.

En la fecha de la firma, usted deberá pagar en pesos el equivalente a 40 EUR conforme al tipo de cambio actual, en concepto de gastos administrativos. El pago se realiza por tarjeta de crédito o débito en ventanilla (no aceptamos efectivo).

Si lo desea, usted puede también utilizar el turno en Buenos Aires para solicitar pasaporte o documento de identidad, pero debe informarlo en el momento de solicitar su turno.

No dude en ponerse en contacto con nosotros por teléfono (+54 11 4313 7272) o por correo (buenosaires@diplobel.fed.be) para preguntas adicionales.