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Nacionalidad por matrimonio

1. Matrimonio antes del 01/01/1985

2. Matrimonio a partir del 01/01/1985

 

1. Matrimonio antes del 01/01/1985

Según el art. 4 de las Leyes coordinadas de 1932, se convierte en belga "la extranjera que se casa con un belga o cuyo marido se convierte en belga por opción".

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA PRIMERA ETAPA DE SU SOLICITUD

  • Un formulario de información completado.
  • Una copia de su DNI (ambos lados) o equivalente para Paraguay o Uruguay.
  • Una copia de la eID y/o pasaporte belga de su marido así como una copia de su DNI (ambos lados) o equivalente para Paraguay o Uruguay.
  • Una copia conforme de su acta de nacimiento
  • Una copia conforme de su acta de matrimonio.

En esta primera etapa, las copias conformes no deben ser recientes, traducidas o legalizadas/apostilladas. 

¿CÓMO Y DONDE PRESENTAR SU SOLICITUD?

La solicitud completa debe ser enviada por email a BuenosAires@diplobel.fed.be con título "Investigación de nacionalidad - APELLIDO(S) Nombre(s) – matrimonio antes del 01/01/1985". Le enviaremos un acuse de recibo con un número de legajo solo si el legajo se encuentra completo. No mandaremos un número de legajo si el legajo está incompleto.

DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO

Si su legajo está completo, realizaremos un primer análisis de su pedido de nacionalidad para evaluar si existe la posibilidad de que usted pueda obtener la nacionalidad belga. Este análisis puede llevar varios meses, por lo cual le pedimos no mandarnos mail y/o recordatorios. Insistimos en que este análisis no nos permite otorgarle la nacionalidad belga.

Si nuestro análisis desemboca en la conclusión de que podría satisfacer las condiciones necesarias para poder obtener la nacionalidad belga, le mandaremos los pasos a seguir para la segunda etapa con los documentos que nos deberá presentar.

Si nuestro análisis desemboca en la conclusión de que no satisface las condiciones necesarias para poder obtener la nacionalidad belga, le mandaremos una explicación completa por correo electrónico.

Si su legajo no está completo, será rechazado sin ser analizado.

 

2. Matrimonio a partir del 01/01/1985

A partir de los 18 años, una persona puede adquirir la nacionalidad belga después de una solicitud personal voluntaria.

Esto se llama adquisición de la nacionalidad belga.

Desde el 01/01/2013, la nacionalidad belga se puede adquirir de dos maneras diferentes: por declaración de nacionalidad (varios casos posibles) y por naturalización. Cada procedimiento está sujeto a condiciones específicas. La introducción de la aplicación no significa la obtención automática de la nacionalidad belga.

Además, solo las personas que tienen su residencia principal en Bélgica (con inscripción en el registro de población) con base en la residencia legal (5 años en la mayoría de los casos) pueden solicitar la adquisición de la nacionalidad belga. En el momento de la solicitud, debe haber sido admitido o permitido permanecer ilimitado en Bélgica.

La opción de declaración de nacionalidad sobre la base del matrimonio (antiguo artículo 16 del Código de nacionalidad belga) ya no existe. El matrimonio solo relaja ligeramente las condiciones para la adquisición de la nacionalidad en caso de residencia en Bélgica.

Encontrará las condiciones exactas en el articulo 12bis y siguientes del Código de Nacionalidad Belga aquí.